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lunes, 7 de noviembre de 2011

FORMAS CONTRACTUALES Y LEGALES PARA LA COMERCIALIZACIÓN AGRARIA


   
     - En relación a las “formas contractuales” para el desarrollo de la "comercialización agraria" y su "forma legal" apropiada se destacan:

    1) “acuerdos simples”: acuerdos entre productores que se dedican a la misma actividad (acuerdos horizontales) de un determinado producto y en un ámbito geográfico concreto y limitado.


    - El objetivo es:
  • fijar aspectos relativos a la compra venta como:
  • precios mínimos y
  • cantidades máximas de producción. Son acuerdos legalmente prohibidos.
    2) Negociación colectiva”:

 
     a) “acuerdos verticales o colectivos”: empresarios con actividades a  niveles (productores agrarios y empresarios de distribución) Tienen carácter regional y la duración suele ser de una campaña. Suelen tener carácter privado y sólo vinculan a los q firman el acuerdo o a sus representados.


 
     b) “acuerdos interprofesionales”: entre productores y la industria alimentaría o distribuidores. Tiene carácter estatal y vinculan a todo el sector, incluso a los no representados en la negociación. A veces cuenta con arbitraje de organismos públicos.


                                                                                                
   - En relación a las “formas contractuales” para implementar el "marketing en una empresa", se destacan los denominados “contratos    para la provisión del servicio de marketing dinámico”(http://www.claro.com.pe/wps/recursos/pe/pdf/contrato_provision_servicio_marketing_dinamico.pdf).

    - Respecto a las “formas de organizaciones” para el desarrollo de la "comercialización agraria" y su "forma legal" apropiada se destacan:

    1) Las “asociaciones de productores”: todas ellas suponen formas de “integración horizontal”.

       - Se trata de la creación de entidades con una personalidad jurídica propia e independiente de sus miembros.

    2) Servicios de comercialización”: asociaciones de productores que se crean para prestar Servicios a sus asociados. Éstos van a pagar una tasa en función del uso que hagan de dicho Servicios.
       Se incluyen Servicios de:    
  • transporte
  • almacenamiento   
  • envasado
  • manipulación del producto.
     - Su "ventaja" es que se puede alcanzar mayor escala como consecuencia del tratamiento conjunto de grandes volúmenes de producto. Estas asociaciones no adquieren la propiedad de la mercancía, sino que la venta de los productos es luego realizada por cada empresario (productor) de forma individual.
   
    3) “Servicios de promoción de productos”: conjunto de productores que se ponen de acuerdo para promocionar sus productos creando una sociedad.
   

       - Los "servicios" que presta la asociación son:
  • "control de calidad y
  • promoción cunjunta de los productos sin adquirir la propiedad,
     - El objetivo es obtener mayor escala en publicidad.

      - Como "condiciones" pueden operar:
        a) el producto tiene que ser similar, creación de una "marca colectiva"
      
        b) los socios participan con tasas.

   4) Servicio y venta común”: los productores entregan su producto a una asociación, la cual se encarga de proporcionar servicios de:

  • manipulación
  • transporte
  • envasado, etc.
  • venta.
    - Suele tener forma de cooperativa.
    - Hay algunas "ventajas":  
  • fiscales y subvenciones y
  • aseguramiento del suministro de materia prima.
      -  Los "inconvenientes", pueden ser:
  • obligación de comprar exclusivamente a los cooperativistas
  • escaso incentivo de los productores para mejorar la calidad de los productosy renovar los mismos.
5) “Cooperativa de 1º grado”:                                                                                                                 
   
  • asociación de Empresarios individuales y         

  •                                                     “cooperativa de 2º grado”: asociación de cooperativas de 1º grado.
      

       6) Participar en “sociedades comerciales”: para lo cual se debe crear una sociedad de responsabilidad Limitada (SRL) o una sociedad anónima (S.A)
                              


    - Un conjunto de productores deciden crear una empresa que se va a dedicar a una actividad de:
  • transformación
  • comercialización de producto.
    - También adquieren la propiedad del producto. Se crean para facilitar el acceso a los mercados.

7) Las “organizaciones comunes de mercado": en la CE para la defensa de la calidad y precio de las producciones.   
    8) Las “Juntas de comercialización”: son asociaciones de empresarios que actúan de grupo de presión o como intento de crear un monopolio en la comercialización de determinados productos, por ej. en Nigeria: el cacao.

    9) Los “consorcios de exportación”: asociaciones para abrir mercados a la Exportación.

        Tipos:                                  

        a) “consorcios de origen”: se constituyen en el mismo país en el que están sus miembros.
         b) “consorcios de destino”: se constituye en el país donde se quiere exportar.

        c) “consorcios de promoción”: no adquieren la propiedad, sólo se encargan de hacer la promoción en el exterior (en España, el consorcio de promoción del jamón Serrano español).

       d) “consorcios de venta”: adquieren la propiedad y realizan la venta: canalizan la venta hacia el exterior. También pueden realizar la promoción (consorcio internacional del vino).


       -  Diversas son las "formas jurídicas" que posibilitan las distintas "fases de la producción- comercialización agraria", queda a elección del empresario agrario, según su conveniencia la forma a adoptar, según el régimen legal de su país.  
cultivo de soja
cultivo de colza
cultivo de girasol
        

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